Amistad – trailer

Resumen: El objetivo de este trabajo es evaluar el impacto a largo plazo sobre el cumplimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) español de las medidas de amnistía concedidas en 1991 en el marco del programa de reforma del IRPF de 1988-91. Para ello, se combinan técnicas de series temporales con métodos de detección de valores atípicos y el test de Bai y Perron (1998) para la estimación endógena de rupturas estructurales. A partir del análisis de las series mensuales de recaudación del IRPF desde 1979 hasta 1998, encontramos que la amnistía no tuvo ningún efecto sobre la recaudación de impuestos ni a corto ni a largo plazo. Por el contrario, encontramos evidencia del impacto positivo permanente causado por las medidas legislativas y administrativas vinculadas al proceso de reforma del IRPF iniciado en 1988.

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Al principio parecía una buena medida; los evasores de impuestos lo expondrían todo, confesarían sus pecados, harían penitencia y tomarían la decisión de hacer un acto de constricción, devolviendo lo que se habían ahorrado previamente. Quizás algunos vean esto como un acto deplorable y quizás con razón, aunque otros países como Alemania, Italia, etc., o como a algunos les gusta llamarlos “países vecinos”, ya habían emprendido medidas similares dentro de Europa, haciendo todo un poco más comprensible.

Dicho esto, nuestro propósito no es discutir sobre la ética de la medida -aunque parece comprensible que la persona típica se sienta indignada por una u otra razón-. Y es que, si en el pasado uno siempre ha pagado todos sus impuestos, ¡se siente bastante mal que los que no lo han hecho hasta ahora reciban una reducción! Sin embargo, teniendo en cuenta lo que está ocurriendo estos días, y siendo la situación la que es, podemos decir que el fin justifica los medios. Al fin y al cabo, si queremos mantener el Hospital en funcionamiento o tener aire acondicionado en las escuelas, tenemos que ganar más dinero con los impuestos. A fin de cuentas, ¿qué otra cosa podría haber hecho la economía?

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Josep “Pep” Guardiola, figura emblemática del FC Barcelona y uno de los entrenadores de fútbol más alabados del mundo, tuvo una cuenta corriente abierta en el principado de Andorra hasta 2012, cuando se acogió a una amnistía fiscal en España introducida por el gobierno conservador del entonces presidente Mariano Rajoy para regularizar su situación fiscal. Hasta ese momento, el actual entrenador del Manchester City no había declarado los fondos depositados en la cuenta a la Agencia Tributaria española.

Lluís Orobitg, asesor fiscal de Guardiola, explica que su cliente sólo utilizaba la cuenta en la Banca Privada de Andorra (BPA) para ingresar el sueldo que cobraba cuando estaba en el Al Ahli, el club qatarí donde jugó entre 2003 y 2005. Al acogerse a la amnistía fiscal, el deportista regularizó cerca de 500.000 euros, pagando un gravamen del 10% sobre los intereses que los fondos habían generado en los cuatro años anteriores, dado que los años anteriores habían prescrito. (De acuerdo con la legislación española, la Agencia Tributaria sólo puede retroceder cuatro años desde la fecha en que se debió presentar una declaración de impuestos para revisar el importe de los mismos).

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Muchos países están endureciendo la lucha contra la evasión y la elusión fiscal. La autora invitada, Patricia García Mediero, explica por qué los lectores que posean activos no declarados en España (incluyendo bienes inmuebles) deberían examinar esta oportunidad única de aprovechar una amnistía antes de que se cierre el 30 de noviembre de 2012.

Esta cuestión afecta a los propietarios de bienes inmuebles en España que no son residentes en España, así como a todos los residentes en España, y se aplica tanto si los bienes se poseen directamente como a través de un vehículo onshore u offshore.

Por lo tanto, los contribuyentes españoles, residentes o no, que posean activos no declarados (incluidos bienes inmuebles) directamente o a través de vehículos onshore u offshore, deberían examinar detenidamente esta ventajosa oportunidad única mucho antes de que finalice el plazo del 30 de noviembre de 2012.

Por Sofía Salome

Hola mundo, soy Sofía Salomé copywriter de Damboats.es