salidas de deudas en españa

Para que nuestros clientes puedan continuar las relaciones comerciales con los deudores si así lo desean, siempre intentamos mantener las relaciones entre ambas partes. Nos ponemos en contacto con los deudores tanto por teléfono como por escrito por correo postal y electrónico. Cuando hay un conflicto, intentamos llegar a una solución amistosa entre acreedor y deudor.

Intentamos cobrar la deuda mediante contactos y negociaciones amistosas. Estos esfuerzos amistosos incluyen la elaboración de los acuerdos escritos requeridos, contratos y plan de pagos hasta el cobro efectivo de la deuda.

A pesar de la Directiva 2011/7/UE y algunas otras normas locales relacionadas con el cobro de deudas, los deudores españoles son muy reacios a pagar los intereses y los costes de cobro durante la fase amistosa, aunque siempre intentamos negociar el pago de los mismos también con la cantidad principal reclamada.

En cuanto a la prescripción la modificación de la ley 42/2015 de Enjuiciamiento Civil cambió el plazo de prescripción, estableciendo un plazo de prescripción general de 5 años para las deudas generadas a partir del 7 de octubre de 2015. Para las deudas anteriores a esa fecha, el plazo general de prescripción es de 15 años, a contar desde el día siguiente al del vencimiento de las facturas.

prescripción penal en españa

Normalmente, cuando un particular o una empresa solicita un préstamo a un familiar o una hipoteca a una entidad financiera, no se devuelve a tiempo o al menos hasta que se reclama. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictaminado recientemente en una sentencia que una deuda en España no puede considerarse condonada por el mero hecho de no ser reclamada tras su vencimiento. Si se condona el préstamo, el deudor tendrá que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD).

Con esta sentencia, el TSJ de Madrid se opone a la interpretación de la Hacienda Pública española, que considera que si el prestamista no hace gestiones para recuperar el préstamo, lo está anulando de hecho. De hecho, el Tribunal considera que alcanzar “el plazo de una deuda impagada implica simplemente el inicio de las acciones para reclamarla”, comenta José María Salcedo, socio del bufete Ático Jurídico.

Entonces, ¿cuándo se puede dar por perdido el préstamo por no haber nadie que lo reclame? El único criterio que da el TSJ de Madrid es que la amortización del préstamo sólo se cancelará una vez que haya transcurrido el plazo de prescripción civil, que es de cinco años. Pero, como recuerda Salcedo, el propio Tribunal reconoce que esta interpretación conlleva múltiples problemas debido a la larga prescripción de las acciones civiles que pueden interrumpirse y reanudarse por diferentes motivos, como el pago parcial o el reconocimiento, que habría que sumar al ya largo plazo inicial del préstamo.

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Mariscal & Abogados es un despacho internacional y multidisciplinar con experiencia contrastada en diversas áreas del Derecho. Nuestros idiomas de trabajo son el inglés, el alemán, el francés y el español. Para cualquier consulta, póngase en contacto con nosotros

https://www.mariscal-abogados.com/wp-content/uploads/2015/02/linea-divisoria.jpg 296 400 Mariscal & Abogados https://www.mariscal-abogados.com/wp-content/uploads/2018/12/Logo-Navidad-Mariscal-Abogados-.eu-.com-.de_-300×99.jpg Mariscal & Abogados2016-01-22 08:00:292016-01-19 08:30:15El plazo de prescripción de las acciones de reclamación de deudas en España

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En principio, usted puede reclamar a su vecino la deuda indicada siempre que sea vencida y exigible, además debe poder probar su existencia y exactitud por cualquier medio permitido por la Ley, que suelen ser: contrato firmado entre las partes, reconocimiento de deuda firmado por el deudor, factura, recibo, transferencia de dinero, etc.

Es evidente que en este sentido, para tener una mayor garantía de éxito debemos en primer lugar tomar las precauciones para poder acreditar indefectiblemente la base de la obligación de la deuda, mediante un documento público (firmado ante Notario) o privado en el que se describa la obligación de pago, cuantía de la deuda, tipo de cuotas, plazo de exigencia de la deuda y en fin todos los detalles posibles para el deudor. Le aconsejamos que acuda a su abogado con antelación para asegurarse de que se redacta un documento que cumpla con los requisitos necesarios para una posible reclamación.

En su caso, no nos es posible determinar el plazo para reclamar, ya que esto depende realmente del tipo de acción que pretenda iniciar y del tipo de obligación que originó la deuda, esto lamentablemente no se indica en su consulta.

Por Sofía Salome

Hola mundo, soy Sofía Salomé copywriter de Damboats.es